sábado, 26 de mayo de 2012


POSIBLE RETIRADA MASIVA DE DEPOSITOS EN LA BANCA ESPAÑOLA


NEW YORK TIMES publica

La escapada de depósitos bancarios en España evidencia grandes temores

El New York Times publica hoy un artículo con el que se suma a las diversas voces que hablan de una posible retirada en masa de depósitos en los bancos españoles.
Citando a ciudadanos de a pie, la cabecera pone de manifiesto que el incremento en la retirada y en las transferencias de depósitos de los bancos españoles con problemas "reflejan el temor por si serán capaces de acceder a su dinero si los bancos quiebran y no cuentan con el apoyo del gobierno".
Al contrario que en Grecia, en España, con entre 1 y 1,25 billones de dólares en depósitos bancarios, la retirada de los mismos "representa un riesgo mucho más grave". De hecho, indica el NYT, la salida de dinero de los bancos españoles podría aumentar "si la agencia Standard & Poor 's rebaja la calificación de los bancos españoles".
Según indica el rotativo estadounidense, los estragos de una estampida de depósitos podría complicar enormemente los esfuerzos de los funcionarios de la Unión Europea para crear un plan a largo plazo que alivie la crisis de la deuda y reactive la economía del Viejo Continente.
Matt King,  experto de Citigroup, explica al NYT que una salida de depósitos bancarios "puede ocurrir muy rápidamente", dijo Matt King. "Parece que todo está bien la noche anterior, pero a la mañana siguiente podría ser ya demasiado tarde".
"El dinero profesional está huyendo de España a un ritmo mucho más rápido en comparación con los fondos de los consumidores", reconoce el NYT. En el país, los depósitos individuales sólo se han reducido un 1,4 por ciento  hasta los 721.000 millones de euros en el último año. "Sin embargo, los depósitos de las empresas se han reducido  a un ritmo del 14 por ciento, reduciéndose a 190.000 millones de euros durante ese período, según Goldman Sachs.







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miércoles, 16 de mayo de 2012


Bankinter condenada TRIPLEMENTE en LEÓN. 


EN 1ª INSTANCIA y  EN AUDIENCIA  PROVINCIAL.


Una empresa leonesa recupera su dinero.. 37.000.-€.

Bankinter, condenada por la comercialización indebida de un ‘clip’ a una empresa leonesa




La empresa recupera 37.000 euros al declararse nulo el contrato de gestión de riesgos financieros suscrito en el mes de octubre de 2007.


El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ponferrada ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por Ausbanc en nombre de una empresa de montajes contra Bankinter, y condena a la entidad por la comercialización indebida de un ‘clip’.
La sentencia, muy elaborada, declara la nulidad del contrato de gestión de riesgos financieros suscrito en el mes de octubre de 2007, y obliga a la entidad a devolver a su cliente los importes cobrados como consecuencia del contrato anulado, unos 37.000 euros, aproximadamente.

En el texto de la sentencia se destaca que en el presente caso la actividad principal de la entidad demandante nada tiene que ver con la especulación financiera, sino con la economía real productiva, lo que resulta enormemente esperanzador ya que pone de manifiesto que un Magistrado es consciente de la enorme disparidad que hay entre la economía real y la especulativa, y que además lo confirme en una sentencia.

La citada empresa también tenía contratada una permuta financiera con otra entidad -cuya reclamación se resolvió mediante un acuerdo extrajudicial- por lo que los Servicios Jurídicos de Ausbanc hicieron especial hincapié en el juicio que, conociendo Bankinter que el cliente tenía una permuta con otro banco, carecía de sentido comercializarle otra cobertura salvo que la finalidad no fuese cubrir el riesgo –como insistía Bankinter-, sino obtener unos jugosos beneficios.

En el juicio también quedó probado que el administrador de la empresa afectada no tenía un conocimiento adecuado y profundo sobre ‘clips’ y permutas financieras.

y 2 CASOS MÁS, EN AUDIENCIA  PROVINCIAL.


ANULA OTRO SWAP, CONTRA UNA SENTENCIA ANTERIOR,  Y DESESTIMA UN RECURSO DE APELACIÓN, POR PARTE DE LA ENTIDAD.



La Audiencia Provincial de León ha anulado otro contrato de los denominados clip o swap, comercializado en este caso por Bankinter, realizado con una empresa leonesa.

 La Audiencia mantiene la línea a favor de los demanantes ante el perjuicio causado por estos complejos productos financieros, pero además en este caso revoca la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Número 3 de León, de marzo del año pasado, que fallaba a favor del banco

El contrato fue firmado por la empresa J.L. Montes el 4 de abril del 2006, y ahora la Audiencia lo anula por considerar que la entidad «en ningún momento facilitó» al demandante «la información necesaria que debía proporcionarle para que tuviera un conocimiento preciso de las características del producto que contrataba y de su verdadero significado en cuanto a las obligaciones y el riesgo que asumía».

Como ha hecho en anteriores ocasiones (y en la misma línea que la mayoría de las sentencias dictadas hasta ahora por otras audiencias provinciales) la sentencia considera que lo importante en la contratación de este producto ea conocer el «riesgo efectivo» que se contrae, máxime cuando «no es por sí mismo de fácil comprensión». Señala también que entre las partes no concurre igualdad de condiciones para predecir y valorar la evolución del mercado financiero; ni tampoco en las condiciones registradas en el contrato.

De hecho, la Sección 1 de la Audiencia insiste en su argumento de que no era sencilo «inferir las consecuencias económicas, tan desproporcionadamente perjudiciales, en caso de bajadas brusca del Euríbor». También se refiere al complejo y desigual sistema por el que el banco podía anular el contrato, pero al cliente le resultaba mucho más complicado y caro desligarse del producto contratado.




La sección primera de la Audiencia Provincial de León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la entidad  Bankinter, ante una demanda presentada por varios clientes con los que firmó, en el 2007, contratos de gestión de riesgos financieros,SWAP.

De esta forma, la Audiencia Provincial confirma «íntegramente» la primera sentencia sobre el caso dictada por la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ponferrada en el 2010 y da la razón a los demandantes —dos empresarios locales— resolviendo la nulidad de los contratos, «volviendo —recoge la sentencia— a la situación anterior a su celebración y anulando los cargos y abonos efectuados en razón de ambos contratos».

La Audiencia Provincial basa su decisión en la falta de transparencia con la que actuó la entidad bancaria para con sus clientes, dado que «el diferente tratamiento de lo que el banco cobra en relación con lo que paga es significativo». Es decir, en el reparto de los intereses —base de este tipo de contratos— la entidad no actúa de forma equitativa. «Es evidente que cuando al cliente se le ofrece este producto y lo contrata es porque se le pone de manifiesto la idea de existir un equilibrio en las prestaciones en relación con el riesgo asumido» (...)

A este argumento se suman asimismo la pronunciamientos similares de otros órganos judiciales en casos de la misma índole. O sea, hay otras sentencias anteriores que obligan a anular este tipo de contratos, ya que «se ha producido un incumplimiento relevante y grave del deber de información». Además de anular el contrato para que «las partes vuelvan a tener la situación personal y patrimonial anterior», Bankinter deberá hacerse cargo de las costas.






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martes, 8 de mayo de 2012







Dos empresas de Boiro logran que se anulen los contratos «swap» firmados con un banco

La entidad bancaria no aportó suficiente información a los clientes


03 de mayo de 2012 05:00





Son muchos los ciudadanos y empresas que están en batalla legal con distintas entidades financieras por culpa de contratos tipo swap o clip. ¿De qué se trata? Son productos de alto riesgo que muchas firmas y particulares suscribieron pensando que así tenían una especie de seguro de cobertura de intereses frente a las subidas del euríbor, pero cuando los intereses empezaron a bajar se volvieron en su contra, ya que la cantidad de dinero que perdían era enorme. 


Dos firmas de Boiro, Illote Xarrido y Cimadevila Motor, firmaron esos contratos con el Banco Santander. Sus responsables, tiempo después, entendieron que lo que habían suscrito favorecía a la entidad bancaria y les perjudicaba a ellos. Así que pusieron una demanda. Y ganaron la batalla: esos contratos fueron anulados.

Como tantas otras empresas y particulares, a estas dos firmas de Boiro, que tenían suscritos préstamos con el Banco Santander, la entidad les ofreció firmar contratos swap, un seguro de cobertura de intereses para blindarse ante las subidas del euríbor. Los responsables de estas compañías, tal y como indica la Justicia, no las tenían todas consigo, ya que no les daban suficiente información. Pero, teniendo en cuenta «la insistencia de la directora y de la confianza con la entidad  y también porque se les ofrecía para su tranquilidad  personal ante la subida de los tipos de interés y sin ningún tipo de riesgo, pudiendo cancelarlo en todo momento, acordaron concertar ditos contratos».


 Ganaron dos veces
En los primeros años, como el euríbor estaba al alza, las empresas incluso tuvieron algún beneficio del swap. El problema vino cuando los intereses cayeron en picado ya que, entonces, las pérdidas superaban con creces a esos balances positivos. Encima, intentaron cancelar el contrato y vieron que tenían que pagar, solo en uno de los dos casos, hasta 28.000 euros. Las entidades decidieron poner una demanda en el juzgado ribeirense, que falló a su favor al entender que hubo un«claro vicio de consentimento por causa de erro no obxecto contratado». Es decir, que se considera que las empresas no tenían suficiente información como para evaluar los contratos.

Al no estar de acuerdo con la sentencia, el Banco Santander puso un recurso ante la Audiencia Provincial, que volvió a dar la razón a las firmas boirenses. Y que indicó que se debe regresar a la situación previa a los contratos. Estos fallos son prácticamente idénticos a otros que ya se produjeron en Santiago o Vigo por la misma causa, en los que también se anularon los swap y clips.








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jueves, 3 de mayo de 2012


El PARLAMENT INSTA A APOYAR A LOS AFECTADOS POR LAS PREFERENTES.


La Cámara avala una propuesta de ICV que reclama sanciones para las entidades

Barcelona
 Un afectado por las participaciones preferentes en Galicia dona sangre, ayer, para denunciar su situación. (SALVADOR SAS / EFE)
















La Comisión de Economía del Parlament aprobó ayer, con la única abstención del PP, una propuesta de resolución de ICV que, entre otras medidas, reclama sanciones para las entidades financieras que hubieran vulnerado los requisitos legales de comercialización de las participaciones preferentes. Se trata de títulos de carácter perpetuo, con riesgo y de los que ahora están cautivos muchos ahorradores. 

Según la medida impulsada por Iniciativa, unas 500.000 personas están afectadas por la venta de estos productos financieros de riesgo sin que se cumplieran las normas de información financiera y sin «ningún control» o «muy deficientemente» supervisados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), según la propuesta. 

El Banco Santander, el BBVA, el Sabadell, CaixaBank y Bankia, entre otros, ofrecieron a sus clientes con este tipo de producto canjearlo por acciones. Catalunya Caixa, en fase de venta; y Unnim, en proceso de integración en el BBVA, también tienen clientes con estos productos, pero aún no les han ofrecido el canje. 

La CNMV abrió expediente sancionador a entidades cuya identidad no reveló. La propuesta de ayer reclama al Govern que «haga las gestiones oportunas» ante el Ejecutivo central para que la CNMV analice detalladamente los tests de conveniencia hechos a los clientes. Estos documentos están previstos en la normativa europea de mercados financieros (Mifid) y sirven para evaluar el grado de tolerancia al riego del inversor. 

El objetivo es que los contratos «queden sin efectos legales, en el caso de que no fueran un producto adecuado al perfil de conocimiento de productos financieros de la persona contratante o que no se adecuaran a los riesgos que manifestaba estar dispuesto a asumir». También se exige coordinar con el Banco de España «las acciones necesarias» para «la devolución del capital inicial en esos casos. 










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miércoles, 2 de mayo de 2012

"LA FUSION FRIA, EN BANKIA ENTRAMPA A UNA PYME DE CANARIAS "


LA PYME NO PUDO RENOVAR SUS PÓLIZAS DE BANCAJA, POR DENUNCIAR UN SWAP DE LA CAJA

Un juzgado ha condenado a la entidad a devolver más de 100.000 euros a la empresa mientras otro ha dado curso a una querella por coacciones.

 El Santander afronta una sentencia por ''abuso sistemático'' Un juez de Arrecife condena a Bankinter por un 'swap' Un juez de Telde anula otro swap de Banesto a una pyme Las empresas canarias no solo están sometidas a los vaivenes descontrolados de la crisis especulativa mundial. También los caprichos del destino pueden poner contra las cuerdas cualquier cuenta de resultados. Es el caso de una pyme canaria entrampada en la fusión fría de las cajas. El propietario de VS, una mercantil dedicada a la importación y exportación, nunca imaginó que su denuncia por un swap contra La Caja le fuese a provocar la no renovación de pólizas de Bancaja por parte de Bankia por valor de 600.000 euros. Y los perjuicios derivados a su negocio, calculados en unos 2,5 millones de euros, por figurar en el listado de morosos ASNEF "como método de presión impuesto por Bankia".

 La pyme isleña se ha visto enredada en la confluencia de intereses de La Caja y Bancaja en Bankia. "Si una de las dos cajas se hubiese fusionado en Banca Cívica, por ejemplo, no me hubiese pasado nada de esto", explica, ya que cuando en 2008 firmó el típico producto tóxico financiero con La Caja como compensación al gestor de sus pólizas de 600.000 euros ni se le pasaba por la cabeza las consecuencias de su contrato de riesgo, anulado en enero de este año por un juez de Las Palmas de Gran Canaria por vicios en el consentimiento.

 La sentencia favorable a esta pyme es una más de las cerca de 500 contabilizadas contra las entidades bancarias en España a la hora de vender este tipo de productos, pero con la particularidad de una querella paralela por coacciones y amenazas admitida a trámite por otro juzgado de LPGC, ya que tras la fusión en Bankia, desde la entidad de Rodrígo Rato se condicionó la renovación de las pólizas contratadas con Bancaja desde 2008 a la retirada de la denuncia de 2011 por el swap contra La Caja. "El problema más grave ha sido la falta absoluta de interlocución válida con Bankia a raíz de la fusión", lamenta este empresario isleño, forzado durante tres años a responder ante La Caja del swap por 1,2 millones de euros hasta la anulación judicial del contrato en enero pasado, a la vez que comenzaba a operar con Bancaja antes de la fusión. "Ahora hemos tenido contactos, y parece que poco a poco regularizaremos un problema de comunicación entre ambos fuera del Juzgado, esperando poder dejar el pasado en “anecdótico”, pasar página y seguir trabajando conjuntamente”, comenta el representante de VS.

 Pero lo cierto es que que cuando estalló la crisis financiera en 2009, La Caja decidió cancelar las posiciones de las pólizas de 600.000 euros, pero mantuvo el contrato de riesgo ya totalmente desfavorable a su cliente, con un coste trimestral a la pyme de 9.000 euros. El cliente decidió buscar otras fuentes de financiación para su negocio y fue entonces cuando Bancaja le abrió sus puertas y pólizas, por el mismo valor de 600.000 euros, a partir de 2008, hasta que Bancaja y La Caja juntaron en 2011 sus destinos en Bankia y sentenciaron el de VS: no habría renovación de pólizas mientras mantuviera la denuncia por swap, le dijeron. Y la condición se ha cumplido tanto verbal como documentalmente. Condenada a devolver más de 100.000 euros y pendiente de la vía penal y civil El primer capítulo de este caso se ha escrito en la Juzgado de Primera Instancia número 2 de LPGC. La Caja de Canarias-Bankia SAU ha sido condenada a devolver algo más de 100.000 euros a la pyme por no informar al cliente diligentemente de las consecuencias del contrato de riesgo financiero suscrito en abril de 2008.

 El magistrado Juan Avelló Formoso ha hecho constar tanto el carácter complejo del producto comercializado como el riesgo que su adquisición conllevaba, además de la condición de minorista del cliente y por tanto su falta de conocimiento del producto, también debido a la "nula actuación de la entidad demandada" para comprobar el perfil del cliente. La enésima sentencia contra un entidad financiera por sus productos tóxicos en pleno inicio de la crisis especulativa incide en que la "información previa facilitada por La Caja al cliente fue escasa, confusa y un tanto engañosa en relación a la concreta finalidad y verdadera naturaleza del producto", tanto por sus características como por sus riesgos. El hecho es que "se incumplió por el banco de forma manifiesta el genérico deber de diligencia y transparencia", ya que la pyme demandante entendía que al adquirir el producto "se cubría" frente a la eventual subida de tipos de interés.

 La honradez del gestor de La Caja en explicar la comercialización supuso acreditar que se vendía contra subidas, y no contra las bajadas. Sucedió todo lo contrario: el swap firmado en 2008 por 1,2 millones de euros como "compensación" de unas pólizas de 600.000 euros contratadas en 2007 empezó a generar pérdidas a la pyme de 35.000 euros anuales. Ahora queda pendiente la vía penal abierta en septiembre pasado contra un director de oficina de empresas de Bankia que ha heredado el caso del swap de La Caja relacionado con la no renovación de las posiciones en Bankia. Las presuntas coacciones y amenazas al pequeño empresario han sido admitidas a trámite, al condicionar claramente el empleado de Bankia la continuidad de las pólizas a la retirada de la denuncia por el swap. "Nunca hemos querido hacerle daño al director ni a la banca, solo poder trabajar con el negocio como hasta la fecha", dicen desde VS. Condiciones del mercado, política de empresa, coacciones y amenazas o como dice el representante de VS "mala comunicación" son las cuestiones pendientes de dilucidar por lo penal y civil. Lo cierto es que a VS la fusión fría lo ha dejado helado. Y con su empresa metida en una espiral de recortes y cancelaciones de pedidos que no solo es achacable a la crisis global. O si, si así se empiezan a considerar lo que son los productos tóxicos y las huídas hacia adelante del capitalismo financiero español. Tan limpio de polvo y paja.


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Otro gran triunfo que tenemos que celebrar!!! más de 600 demandas a favor de los afectados, y seguimos sumando.






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sábado, 28 de abril de 2012

Un juez del tribunal Supremo de Europa, condena a Deutsche Bank por aconsejar invertir en productos de alto riesgo

El tribunal considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses



El Tribunal Federal de Karlsruhe de Alemania ha condenado al mayor banco del país, Deutsche Bank, a pagar 541.074 euros al fabricante de toallas de papel y productos de baño Ille Papier por aconsejarle invertir en productos de alto riesgo, en concreto en un producto de swaps, sin informarle adecuadamente de los riesgos de esta inversión. La sentencia, contra la que no cabe recurso, es la primera que falla en contra del banco, que en este momentos se enfrenta a otra docena de casos similares, en los que gobiernos locales alemanes, empresas de servicios públicos y compañías privadas acusan a la entidad de venderles swaps sin informarles adecuadamente de los riesgos y los costes de la inversión.



El juez Ulrich Wiechers considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses y le condena a pagar, además de la multa, los intereses relativos a las pérdidas de la compra del productoSpread-Ladder-Swaps acordada en 2005. "Pero como vendedor de 'swaps', las pérdidas del cliente son beneficiosas para el banco", añadió.

En un comunicado, el fundador de Ille Papier, William Blatz, se mostró "muy satisfecho" con el fallo de la Justicia y reconoció que, cuando presentaron la demanda contra Deustche Bank, no pensaban ganar este juicio de "David contra Goliat".
Asimismo, el abogado de la empresa Jochen Weck Roessner añadió que esta sentencia tiene "importantes implicaciones" para el banco alemán que ha vendido este producto cerca de 700 veces a medianas empresas y gobiernos locales. Además, destacó la "valiente lucha" de la compañía contra el banco alemán Ille Papier, que ha desempeñado un papel de liderazgo muy importante que servirá de referencia para otros casos similares.
Según recuerda el diario Financial Times, en la vista celebrada en febrero el abogado de Deutsche Bank Rainer Hall alertó de que una sentencia negativa para el banco podría provocar una nueva crisis financiera. "Esto conmocionaría a todo el mercado, porque exigiría a los bancos revelar sus beneficios en un acuerdo. Esta decisión podría causar incluso una segunda crisis financiera", defendió entonces. Asimismo, insistió en que obligar a los bancos a revelar sus márgenes de beneficios en estos negocios podría "abrir una nueva puerta" que permitiría a una gran cantidad de clientes presentar reclamaciones contra las entidades valoradas en miles de millones de euros.
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Muy buena noticia.. El TRIBUNAL SUPREMO EUROPEO.. ya tenemos otra sentencia más para demostrar  esta mala praxis de las entidades bancarias. y una buena razón para seguir en la lucha contra esta GRAN INJUSTICIA. 
Seguiremos informando, seguiremos trabajando para ti.






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viernes, 27 de abril de 2012


"NUEVA SENTENCIA CONTRA BANCAJA 
"EL BANQUERO QUE VENDIÓ UN SWAP, SIN SABER EN QUE CONSISTÍA"


                                                                                                                                                                                           
Os dejo la noticia.


El banquero que no sabía de ´swaps´
Una sentencia pone de relieve que el director de una oficina vendió el producto sin saber en qué consistía
 


"El comportamiento del director de la sucursal de Riba-roja de la entidad Bancaja no puede considerarse que se ajustara mínimamente a las buenas prácticas bancarias" cuando colocó a un cliente un contrato de permuta financiera, es decir, un swap con el que le aseguraba ante eventuales subidas de tipos de interés pero que también le penalizaba si había bajadas. Lo dice una sentencia del juzgado de primera instancia número cuatro de Valencia, con fecha del pasado 30 de marzo, que, además de fallar a favor del demandante y declarar nulo aquel contrato, pone de relieve cómo actuaban las entidades financieras en los albores de la crisis económica, cuando, conocedores de una inminente bajada de tipos, vendieron innumerables swaps a clientes que no tenían la suficiente formación financiera y a los que, contraviniendo la Ley del Mercado de Valores, no dieron la información necesaria.


Esto es lo que refleja la citada sentencia, donde figura un dato incluso más aterrador: la confesión del director de la sucursal de que no sabía exactamente qué era lo que había vendido a su cliente.

El demandante, Nouse Inversiones, firmó el contrato en abril de 2008, un mes después de suscribir un préstamo hipotecario que "establecía un año de interés fijo", motivo por el cual no existía "riesgo a cubrir" para la mencionada empresa, como afirma la sentencia. Durante el juicio, el director de la oficina, S. V. explicó que "se trataba de un producto que acababa de salir" y que "se repartieron la lista de posibles clientes entre el subdirector y él y fueron llamando". La sentencia añade que el demandante recordó en el juicio que por aquellas fechas un empleado de la oficina bancaria le anunció "que el director tenía una cosa preparada para él". Ese mismo día "le explicó que se trataba de un seguro, firmando en ese mismo acto el mencionado contrato", sin darle la preceptiva información, como queda dicho anteriormente.
Pero es que, más adelante, el contable de Nouse Inversiones V. J. F., como testificó en el juicio, preguntó al dueño de la empresa A. A. por aquel apunte y, al explicarle éste que se trataba de un seguro, "fue a preguntar al banco, ya que no sabía cómo contabilizar dicho apunte" y "ni siquiera el director del banco supo explicarle en qué consistía, llegando a asumir que se había tratado de un error haberle colocado ese producto". Por todo lo mencionado, la sentencia declara nulo el contrato de permuta financiera y acuerda "la devolución de las cantidades abonadas por ambas partes con motivo del contrato".


Y YO ME PREGUNTO:


¿PODEMOS CONSIDERAR A LOS DIRECTIVOS  Y EMPLEADOS DE LA BANCA PROFESIONALES DEL SECTOR? ...


¿ SON SIMPLES AUTÓMATAS ACATANDO ORDENES SIN ENTENDER QUE ES LO QUE ESTÁN COMERCIALIZANDO? ...

¿O SON SIMPLEMENTE MUÑECOS QUE SE LIMITAN A CUMPLIR OBJETIVOS PARA COBRAR SUCULENTAS COMISIONES, SIN ATENDER A LAS NECESIDADES DE SUS CLIENTES DE TODA LA VIDA?






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miércoles, 25 de abril de 2012

"ATRAPADOS POR LAS PREFERENTES"
 Os suenan estas palabras?


“Firmé porque confié en quien me atendió en la oficina, que me dijo que era seguro


La poca cultura financiera y la venta a minoristas de un producto complejo originan un "OTRO"  gran fiasco


Las entidades financieras españolas emitieron y vendieron cerca de 30.000 millones de euros en participaciones preferentes desde 1999. Este producto, un instrumento complejo y de riesgo elevado para los inversores, fue ofrecido a los clientes a través de sucursales de 52 cajas y bancos, en muchos casos hasta principios de 2011. Los compradores ponían su dinero en un producto legal, pero con una condición muy particular: ofrecía buenos intereses a cambio de una contratación “a perpetuidad”. Es decir, un compromiso de inversión para toda la vida. Hasta el año pasado, sin embargo, las entidades ofrecían una salida a quienes querían su dinero de vuelta: permitían vender estos activos en un mercado secundario propio, y recuperar todo su dinero de manera rápida, por lo general, 48 horas. Pero las reglas del juego han cambiado. Ya no es fácil arrepentirse. Y miles de personas se han dado cuenta de que se casaron con un producto que no se ajustaba a sus necesidades.



La escena se repite semana tras semana desde noviembre de 2011. Manifestaciones que van de pequeños grupos a centenares de personas. Todas, con un elemento común: gente enfadada, en su mayoría de avanzada edad, que dicen que alguien de su oficina les convenció para que firmara un producto que no entienden y que ahora no pueden recuperar su dinero. Gritan contra lo que consideran una estafa y algunos se atreven a llamar incluso corralito.
Aunque ha habido concentraciones de Barcelona a Sevilla, Galicia es la comunidad en la que se han producido las protestas más intensas. El mes pasado las manifestaciones llegaron hasta la sede de la televisión de Galicia, donde un grupo de inversores enfadados tomó las instalaciones, en protesta por el escaso seguimiento que la televisión pública ha dedicado al tema. Y la semana pasada asistieron a un pleno del Parlamento gallego y solicitaron a gritos una entrevista con el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, informa José Luis Estévez.
María Pérez se manifestó en Madrid. Invirtió hace tres años 25.000 euros en participaciones preferentes en la CAM. “Me dejé asesorar por el director. Me dijo que lo tenía hasta su madre”, explica. “Ahora no podemos sacar absolutamente nada. Lo único que nos queda es que se nos cruce un inversor y nos compre el producto, pero nadie lo quiere”, lamenta.


Muchos afectados aseguran que se dejaron aconsejar y firmaron el contrato sin dudar. Ahora, cuando en su entidad les han informado de cambios de condiciones, se han dado cuenta de lo que firmaron. ¿Qué ha cambiado? Hasta julio de 2011, cuando un inversor quería deshacerse de las preferentes, acudía a su entidad, y en general, las vendía en el mercado secundario a cambio del mismo valor exacto que el día que las compró, aunque hubieran pasado 18 años. La CNMV, sin embargo, recordó a las entidades a través de un escrito el año pasado que debían ajustar el valor de sus instrumentos híbridos (deuda subordinada y participaciones preferentes) a su valor razonable de mercado actual. Un cambio que hace que quienes quieran vender ahora sus preferentes se tengan que conformar con entre el 30% y el 60% de su inversión original.
Las entidades se defienden. Señalan que el cambio de valor no fue decisión suya, sino del organismo regulador. Además, fuentes de distintas cajas y bancos aseguran que sus comerciales siempre fueron transparentes a la hora de colocar el producto. Aun así, la mayoría de entidades ha trazado un plan B para los clientes que no quieran las preferentes.
El Santander optó por ofrecer a todos los titulares cambiarlas por acciones de la entidad, que podían vender en Bolsa el primer día que las recibieron. La fórmula del Sabadell o de Bankia fue similar, aunque parte de las acciones las recibirán solo si han conservado el resto un mínimo de tiempo. El BBVA las canjeó por bonos convertibles en acciones con dos tandas de vencimiento. A los bancos, cambiar preferentes por acciones les puede resultar beneficioso, ya que, mientras las preferentes son un lastre de cara a las exigencias de solvencia en Europa, los títulos de Bolsa les permiten mejorar su capital de máxima calidad —core capital Tier 1—. Otras entidades, como La Caixa, han optado por fórmulas distintas. Algunas ofrecen productos que, en lugar de ser un compromiso de por vida, acortan el plazo para recuperar lo invertido a uno, dos o hasta diez años.
Pero otras entidades, como Caixanova y Caixa Galicia (ahora unidas en Novagalicia Banco y en manos del FROB) no han ofrecido de momento una salida y los afectados las acusan de haberse aprovechado de la confianza de 43.000 clientes. Manuel Pardós, presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas, cree que se ha producido un “abuso”, ya que las entidades “han estado comercializando productos de riesgo entre los clientes como si fueran inversiones de renta fija”. Han provocado, defiende, que “cerca de 700.000 ahorradores tengan ahora atrapados sus ahorros”.
Montserrat Gil, de 47 años, invirtió 10.000 euros en preferentes en marzo de 2011. “Me llamaron de mi oficina después de recibir una pequeña herencia. Les expliqué que quería un plazo fijo solo a un año y algo muy seguro”. Pero Monserrat aceptó las preferentes. Le pusieron delante los papeles, y los firmó. “No leí el contrato. He pasado mucho tiempo sintiéndome culpable por eso. Pero ya no. Confié en la persona que me asesoraba. Y esa persona me engañó”, dice.
Josep Flores compró el producto hace 18 años para poner a salvo sus ahorros. “Es frustrante. A los que decidimos no firmar una hipoteca para dormir tranquilos, ahora el mundo financiero también nos hace sufrir”, lamenta. ¿Fueron confiados o irresponsables? El departamento de atención al inversor de la CNMV confirma que reciben muchas quejas relacionadas con las preferentes. La mayoría, de inversores que dicen que no fueron informados de los riesgos. Y les recomienda que, si creen que “no daban el perfil”, reclamen.




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martes, 24 de abril de 2012



    NUEVA ESTRATEGIA BANCARIA CONTRA LOS HIPOTECADOS.

Si os ofrecen cambiar vuestro interés hipotecario.

¡NO FIRMÉIS NADA SIN ANTES CONSULTARNOS!

21/04/2012 | 11:08

En Europa, las tasas de interés de la deuda de los países con problemas se dirigen a los máximos anuales. Este hecho provoca el temor acerca de si Europa será capaz de afrontar y resolver la crisis de deuda. Tengan en cuenta que la liquidez aportada por el Banco Central Europeo se agotará y los bancos españoles e italianos tendrán que dejar de comprar bonos soberanos,
Así pues, El Banco Central Europeo podría verse forzado a reiniciar su programa de compras de bonos antes de lo esperado. Y es que a medida que los inversores elevan el coste de asegurar su exposición en los bancos españoles en el mercado de CDS al nivel más alto desde noviembre del año pasado y los rendimientos de los bonos españoles a 10 años suben nuevamente por encima del 6% por primera vez desde diciembre, el euro se encuentra otra vez bajo presión. Lo preocupante es que hay indicios de que el cortafuegos de financiación, construido tras el reciente rescate de Grecia, no cubrirá las expectativas y el contagio a España no se podrá frenar.
Y es que el fuerte incremento de las tensiones en el mercado secundario en las últimas semanas abre el debate de nuevo acerca de si el Banco Central Europeo ha de volver a intervenir. En principio, con la última subasta de liquidez a tres años (LTRO) del pasado mes de febrero, se daba por cerrado el asunto, pero mucho me temo que se requiere de su actuación nuevamente, sobre todo adquiriendo deuda de España.
En España, la deuda en manos de inversores extranjeros se redujo al 33%, es decir, el menor porcentaje desde que existe el euro en el año 1.999. Esto muestra el poco interés por las emisiones del Tesoro, en contraste con los años de "gloria" donde la mitad de la deuda pública estaba en poder de los inversores extranjeros. Así pues, en estos momentos, son las entidades financieras españolas las que están comprando deuda pública con dinero que procede de los programas especiales de liquidez del Banco Central Europeo.
La cuestión es que las operaciones de refinanciación a tres años del Banco Central Europeo permitieron unas buenas subastas y relajación en las rentabilidades (sobre todo en España e Italia). Pero la desconfianza sigue aumentando, hecho que está provocando que las curvas de rentabilidad se aplanen, originando a su vez mayores temores.
El Euríbor continúa su senda bajista. Ya en el blog comenté a primeros de año que esperaba una tendencia bajista para todo el año 2012. Los titulares de una hipoteca de 120.000 euros a un plazo de 25 años y un tipo de interés de euribor más 1%, verán reducida su cuota en más de 43 euros mensuales, ahorrándose unos 515 euros al año.
A partir del 28 de abril, las entidades financieras pueden ofrecer las hipotecas con un nuevo tipo de referencia, el IRS a 5 años. Es una referencia basada en un swap de tipo de interés a este plazo, cuya finalidad es ofrecer una mayor estabilidad al precio de los préstamos, aunque sí es cierto que hará que las hipotecas sean más caras. El IRS no sustituirá al Euríbor en las hipotecas ya firmadas, pero seguramente los bancos terminen ofreciendo las nuevas hipotecas con el IRS, ya que les conviene.
El pasado 28 de marzo les comenté que el mercado de USA activaría una señal de debilidad bajista si el futuro S&P500 perdía la zona de los 1.389 puntos. Pues bien, perdió este nivel el 5 de abril y se activó dicha señal de debilidad, la cual de momento ha provocado una bajada de 146 ticks hasta los 1.352,50 puntos. Pese a ello, la estructura técnica se mantiene alcista desde el pasado mes de octubre.
Referente a Europa, también el 28 de marzo les indiqué que si el futuro Eurostoxx50 perdía el nivel de los 2413-2415 puntos se activaría una señal de debilidad bajista. En efecto, al día siguiente perdió esta referencia y se activó la señal reseñada, la cual ha provocado de momento una bajada de 210 puntos.
El Ibex35 se ha quedado a punto de alcanzar el fuerte soporte que tiene en la zona de los 6800 puntos, nivel donde se esperaba un freno a los recortes y un rebote al alza, al menos de corto plazo. En cambio, el futuro Ibex35 sí lo alcanzó ayer viernes y de momento rebotó 155 puntos.




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