martes, 8 de mayo de 2012







Dos empresas de Boiro logran que se anulen los contratos «swap» firmados con un banco

La entidad bancaria no aportó suficiente información a los clientes


03 de mayo de 2012 05:00





Son muchos los ciudadanos y empresas que están en batalla legal con distintas entidades financieras por culpa de contratos tipo swap o clip. ¿De qué se trata? Son productos de alto riesgo que muchas firmas y particulares suscribieron pensando que así tenían una especie de seguro de cobertura de intereses frente a las subidas del euríbor, pero cuando los intereses empezaron a bajar se volvieron en su contra, ya que la cantidad de dinero que perdían era enorme. 


Dos firmas de Boiro, Illote Xarrido y Cimadevila Motor, firmaron esos contratos con el Banco Santander. Sus responsables, tiempo después, entendieron que lo que habían suscrito favorecía a la entidad bancaria y les perjudicaba a ellos. Así que pusieron una demanda. Y ganaron la batalla: esos contratos fueron anulados.

Como tantas otras empresas y particulares, a estas dos firmas de Boiro, que tenían suscritos préstamos con el Banco Santander, la entidad les ofreció firmar contratos swap, un seguro de cobertura de intereses para blindarse ante las subidas del euríbor. Los responsables de estas compañías, tal y como indica la Justicia, no las tenían todas consigo, ya que no les daban suficiente información. Pero, teniendo en cuenta «la insistencia de la directora y de la confianza con la entidad  y también porque se les ofrecía para su tranquilidad  personal ante la subida de los tipos de interés y sin ningún tipo de riesgo, pudiendo cancelarlo en todo momento, acordaron concertar ditos contratos».


 Ganaron dos veces
En los primeros años, como el euríbor estaba al alza, las empresas incluso tuvieron algún beneficio del swap. El problema vino cuando los intereses cayeron en picado ya que, entonces, las pérdidas superaban con creces a esos balances positivos. Encima, intentaron cancelar el contrato y vieron que tenían que pagar, solo en uno de los dos casos, hasta 28.000 euros. Las entidades decidieron poner una demanda en el juzgado ribeirense, que falló a su favor al entender que hubo un«claro vicio de consentimento por causa de erro no obxecto contratado». Es decir, que se considera que las empresas no tenían suficiente información como para evaluar los contratos.

Al no estar de acuerdo con la sentencia, el Banco Santander puso un recurso ante la Audiencia Provincial, que volvió a dar la razón a las firmas boirenses. Y que indicó que se debe regresar a la situación previa a los contratos. Estos fallos son prácticamente idénticos a otros que ya se produjeron en Santiago o Vigo por la misma causa, en los que también se anularon los swap y clips.








Cualquier triunfo contra los abuSOS bancarios, es un triunfo de TODOS.,

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