jueves, 6 de julio de 2017

OTRO VARAPALO PARA LA BANCA- TS CONDENA A PAGAR LAS COSTAS EN LOS JUICIOS POR LAS CLÁUSULAS SUELO


EL TRIBUNAL SUPREMO OBLIGA A LA BANCA A PAGAR LAS COSTAS EN LOS JUICIOS EN PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA!!!

Nuevo revés judicial contra la banca. La Sala I del Tribunal Supremo acaba de establecer, como criterio general, que los bancos condenados por cláusulas suelo abusivas tienen que pagar las costas judiciales de las dos primeras instancias. El Alto Tribunal entiende que el consumidor sale perjudicado cuando un banco no es condenado a costas en los casos en los que pierde un juicio por las cláusulas suelo, y que, al tener éste que pagar los gastos derivados del procedimiento judicial se se produce un efecto disuasorio, "no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no promueva litigios por cantidades moderadas".



Es la primera vez que el Alto Tribunal se pronuncia sobre la imposición de costas de las instancias anteriores tras la estimación del recurso de casación interpuesto por un particular, "con la consiguiente obligación de restitución de la totalidad de las cantidades cobradas de más en virtud de la cláusula suelo declarada nula, con completo efecto retroactivo, tras ajustar la sala su doctrina a la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)", señala en una nota.

"La sentencia aborda la cuestión de la imposición de costas sustancialmente desde el principio de efectividad, toda vez que el cambio de jurisprudencia de la sala se basa esencialmente en el pronunciamiento de la STJUE de 21 de diciembre de 2016 (Gutiérrez Naranjo), que a su vez se funda en el derecho de los consumidores a no estar vinculados por una cláusula abusiva. La norma general en la imposición de costas es el principio de vencimiento, de modo que la no imposición de costas al banco demandado supondría en este caso la aplicación de una salvedad a dicho principio en perjuicio del consumidor. Si el consumidor, a pesar de vencer el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las instancias, se produciría un efecto disuasorio inverso, para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas".

Y añade el Tribunal Supremo que "la actividad procesal del banco demandado pretendió, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina jurisprudencial, intentar su suspensión por prejudicialidad civil, negar por completo la obligación de restitución, y oponerse a la admisión antes y después de tener conocimiento del contenido de la STJUE de 21 de diciembre de 2016".

Quiere evitar que otros afectados decidan no acudir a los tribunales por cantidades poco significativas

El fallo concreto, que marca el criterio general a seguir en todos los casos, se centra en una hipoteca que fue firmada en el año 2009 con CaixaBank. Dicha hipoteca incluía una cláusula suelo del 4% y un techo del 9,50% que limitaban la variación de la cuota que paga el consumidor frente a las variaciones del euríbor. El Supremo ha estimado, por tanto, el recurso interpuesto por un cliente de esta entidad contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que declaró la nulidad de la cláusula aunque eximió a la entidad del pago de costas en junio de 2015.

Sin embargo, la decisión del TJUE, que el pasado diciembre concedió la plena retroactividad a todos quienes suscribieron un contrato hipotecario de tales características, abría una nueva vía a los perjudicados para que éstos solicitaran el reintegro de las cantidades que abonadas de más de forma indebida.

El Alto Tribubal afea que el banco pretendiera, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina del Supremo, vigente hasta el pasado febrero y que establecía como límite temporal para reclamar el 9 de mayo de 2013, "intentar la suspensión de recurso y negar por completo la obligación de restitución".
En su voto particular, los magistrados José Antonio Seijas, Ignacio Sancho Gargallo y Eduardo Baena Ruiz aseguran aceptar la sentencia si bien discrepan de la decisión en tanto que la completa retroactividad tuvo un "carácter sobrevenido". Además, descarta que la entidad cayera en la "desidia" que le reprocha el resto de jueces en tanto que esperó, "como es lógico", a que la sala se pronunciara acerca del recurso y dejara sin efecto la sentencia previa "para dar inmediato cumplimiento y devolver las cantidades correspondientes".

Razones por las que, concluyen, existen "serias dudas de derecho" que sirvan para avalar esta condena adicional, extensible al resto de bancos que comercializaron hipotecas bajo tal clausulado.


Fuente el confidencial







Cualquier triunfo contra los abuSOS bancarios, es un triunfo de TODOS.,

Si te sientes estafado, ÚNETE A NOSOTROS  y DEMANDA YA!!

JUNTOS PODEMOS!!!


REUNIÓN INFORMATIVA AFECTADOS CLÁUSULAS ABUSIVAS DE LA BANCA



Como ya sabréis muchos de vosotros, vamos teniendo los resultados de las cartas extrajudiciales que durante estos meses hemos ido solicitando a las entidades bancarias correspondientes y que después de estudiar las propuestas con APYCAB algunos habéis optado por aceptar las cantidades que os ha presentado vuestro Banco, otros no,  y el resto aún estamos esperando, pero sabemos que tendremos que pasar por los tribunales (nada nuevo y del todo esperado)



Hemos ido viendo la evolución de sus respuestas que y a pesar de ir cambiándolas la mayoría de ellas han sido como ya preveíamos NEGATIVAS.  Por lo que no nos queda otra que presentar la demanda correspondiente en los tribunales, para paso a paso ir recuperando lo que es nuestro, recuperar nuestro dinero.

Además, en el transcurso de todo este tiempo, vamos recibiendo noticias alentadoras que nos dan ánimos para seguir luchando contra esta injusticia y este abuso de la banca, SENTENCIAS FAVORABLES A LOS AFECTADOS, que compartimos entre muchos colectivos de toda España y que tenemos en nuestra asociación para la defensa de nuestros socios, SENTENCIAS GANADAS sobre: las cláusulas suelo, gastos de hipoteca, IRPH, SWAPS y demás abusos de la BANCA, y todas ellas nos servirán para que nuestros letrados puedan defender nuestros intereses con más contundencia.

Es por todo ello, y por todas las novedades que vamos teniendo y dudas que nos siguen surgiendo, que os volvemos a invitar a la segunda reunión informativa que tendrá lugar en Esparreguera, Calle Cavallers 26, lugar Can Pascual. El próximo día 15 de julio sábado a las 19:00h.

La charla comprenderá entre otros temas, uno de los más preocupantes por un sector de los afectados por productos de la banca, los PYMES, que aún siendo consumidores y usuarios han de ir por otra vía.  

Ellos también tienen que luchar por sus intereses y recuperar como todos los demás, SU DINERO, pero lo tienen más difícil. Nosotros estamos aquí para ayudarles porque en la unión está la fuerza y pondremos toda la de nuestra asociación para conseguirlo. La fuerza y las sentencias ganadas por otras pymes que como ellos, han podido recuperar su dinero, y han conseguido JUSTICIA.

A la charla asistirá una de las abogadas que defiende los intereses de nuestros socios ante los tribunales. Cualquier duda que tengáis, cualquier cuestión que se os haya planteado podréis consultarla, sin personalizar demasiado ya que hay un tiempo límite y supongo que habrá muchas preguntas.

Por todo ello os pedimos que compartáis el evento con vuestras familias, con vuestras amistades, con vuestros vecinos, es una buena ocasión para reunirnos  y saber algo más sobre los abusos de la banca y las acciones judiciales y los pasos a seguir. 

No estáis solos, todos estamos unidos y llevamos una buena dirección, LA JUSTICIA Y LA RAZÓN, que se defiende y se ha defendido siempre desde APYCAB.

OS ESPERAMOS!! 

Entrada LIBRE, aforo LIMITADO.


YES WE CAN!!