viernes, 31 de marzo de 2017

EL EURIBOR CIERRA AL -0'11% ¡¡SÈPTIMO MÍNIMO HISTÓRICO!!


Volvemos a tener otro mínimo histórico, eso repercutirá en nuestra economía familiar. Es una buena noticia para todos los usuarios de la banca que tengan contratadas hipotecas.
Os dejamos la noticia recogida de expansión.






















EURIBOR ENTORNO AL -0,110%

Supondrá un descuento de 4,4 euros mensuales y 53 euros al año.

El euribor a un año -indicador que más se utiliza en España para calcular la cuota de las hipotecas- cerrará marzo con una nueva bajada que lo situará en torno al -0,110%, lo que supone un nuevo mínimo histórico, el séptimo consecutivo, y significa que los titulares de estos préstamos se ahorrarán unos 53 euros al año.

A falta de solo dos sesiones hábiles para que termine el mes y se pueda calcular el dato exacto, que el Banco de España confirmará en los próximos días, marzo será el decimocuarto mes consecutivo que este indicador se mantiene en terreno negativo.

Durante los veintidós días hábiles que llevamos de mes, el euribor ha oscilado entre el mínimo del -0,114%, marcado el primer día de marzo, y un máximo del -0,106%, registrado el 21 de marzo.

De esta forma, una hipoteca media de 100.000 euros contratada a un plazo de 25 años con un diferencial de un punto porcentual sobre el euribor que se revise utilizando el dato de marzo, se beneficiará de un descuento de 4,4 euros mensuales, al año unos 53 euros.

La evolución del euribor depende de las subidas o bajadas de tipos que aprueba el Banco Central Europeo (BCE), que actualmente los mantiene en el mínimo histórico del 0%. Hace poco más de un año, en febrero de 2016, este indicador cerró por primera vez en su historia un mes con signo negativo y desde entonces ha seguido evolucionando a la baja.

DIFERENCIAL

Ante este hecho inédito, en España se abrió un debate sobre si la banca acabaría pagando a los clientes por las hipotecas, algo que varias entidades se apresuraron a aclarar que nunca ocurrirá, pues al euribor siempre se le suma un diferencial que decide cada banco. En España, el diferencial más bajo al que se ha vendido de forma general una hipoteca ha sido de 0,17 puntos porcentuales, por lo que el euribor a un año tendría que hundirse un poco más que eso para que una vez aplicado el diferencial, los intereses fueran negativos.

Con el indicador en tasas negativas desde hace tantos meses, la banca ha optado por subir el diferencial que aplica o introducir una cláusula "cero" en las hipotecas a tipo variable, que establece que el euribor nunca podrá bajar del 0%, al tiempo que se ha incrementado la venta de hipotecas a tipo fijo.

FUENTE: Expansión
Actualizado: 30/03/201714:22 horas


Cualquier triunfo contra los abuSOS bancarios, es un triunfo de TODOS.,

Si te sientes estafado, ÚNETE A NOSOTROS  y DEMANDA YA!!

JUNTOS PODEMOS!!!



lunes, 6 de marzo de 2017

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL HA DICTADO SENTENCIA SOBRE LA PLUSVALÍA!!




Otro triunfo .El Tribunal Constitucional dicta sentencia sobre la Plusvaía. 


La configuración actual del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como el impuesto de plusvalía municipal, tiene los días contados. Este tributo local grava teóricamente la revalorización de los inmuebles en el momento de la venta, sin embargo, su fórmula de cálculo provoca que se exija su pago incluso cuando se registran pérdida

Los Tribunales Superiores de Justicia han ido emitiendo sentencias contrarias a las liquidaciones de este impuesto en los casos en los que no haya existido una ganancia para el contribuyente. Por ejemplo, recientemente, Eroski ganó un litigio al Ayuntamiento de Leganés, que le exigía casi un millón de euros por una venta en el que el supermercado perdió dinero. Además, se plantearon cuestiones de inconstitucionalidad en la medida en que el tributo podría ser contrario a la Carta Magna. El Tribunal Constitucional ha publicado este viernes una sentencia que anula parcialmente el tributo y veta que se aplique cuando se registran pérdidas.


El caso que ha resuelto el Alto Tribunal tiene su origen en Irún, cuando el municipio reclamó 17.899 euros a una empresa que habia comprado un inmueble por 3,1 millones de euros y lo vendió por 600.000 euros. El contribuyente recurrió esa liquidación y el Juzgado de lo contencioso-administrativo de San Sebastián planteó una cuestión de inconstitucionalidad en la medida en que el impuesto podía ser contrario al artículo 31 de la Constitución Española, que señala que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”. El juzgado de San Sebastián también planteó al Alto Tribunal la posibilidad de que la configuración actual del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos pueda limitar el derecho de defensa previsto en el artículo 24 de la Constitución en la medida en que no permite una prueba a contrario que demuestra que no ha existido revalorización.

El Constitucional considera que el impuesto de plusvalía es contrario a la Carta Magna. Si bien la sentencia hace referencia a una norma foral, los artículos enmendados también aparecen en la normativa estatal. En definitiva, tarde o temprano, el Gobierno deberá abordar una reforma en profundidad de este impuesto municipal para que no intervenga en operaciones en las que se hayan producido minusvalías. La sentencia no declara inconstitucional el impuesto en su totalidad, sino únicamente los artículos forales que “someten a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a los sujetos pasivos que puedan acreditar esta circunstancia”.

Los municipios obtienen al año a través de la plusvalía municipal en torno a 2.000 millones de euros. La recaudación no ha cesado de crecer, incluso durante la crisis inmobiliaria. Ello refleja que el impuesto no sigue la lógica del mercado. A la espera de conocer los detalles de la sentencia, los contribuyentes que, a pesar de registrar pérdidas, han pagado el impuesto de plusvalía, podrán recurrir y exigir las devoluciones.

Los ingresos se han duplicado



Los ayuntamientos recaudaron 2.625 millones por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) en 2015, último año del que existen datos cerrados. En 2008, los ingresos sumaban 1.263 millones, lo que significa que la recaudación se ha duplicado durante la crisis. ello refleja que el tributo no sigue la lógica del mercado.

Fuente: cincodias
J Viñas- 17-02-2017 10:25


Síguenos en Facebook





Cualquier triunfo contra los abuSOS bancarios, es un triunfo de TODOS.,

Si te sientes estafado, ÚNETE A NOSOTROS  y DEMANDA YA!!

JUNTOS PODEMOS!!!