sábado, 28 de abril de 2012

Un juez del tribunal Supremo de Europa, condena a Deutsche Bank por aconsejar invertir en productos de alto riesgo

El tribunal considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses



El Tribunal Federal de Karlsruhe de Alemania ha condenado al mayor banco del país, Deutsche Bank, a pagar 541.074 euros al fabricante de toallas de papel y productos de baño Ille Papier por aconsejarle invertir en productos de alto riesgo, en concreto en un producto de swaps, sin informarle adecuadamente de los riesgos de esta inversión. La sentencia, contra la que no cabe recurso, es la primera que falla en contra del banco, que en este momentos se enfrenta a otra docena de casos similares, en los que gobiernos locales alemanes, empresas de servicios públicos y compañías privadas acusan a la entidad de venderles swaps sin informarles adecuadamente de los riesgos y los costes de la inversión.



El juez Ulrich Wiechers considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses y le condena a pagar, además de la multa, los intereses relativos a las pérdidas de la compra del productoSpread-Ladder-Swaps acordada en 2005. "Pero como vendedor de 'swaps', las pérdidas del cliente son beneficiosas para el banco", añadió.

En un comunicado, el fundador de Ille Papier, William Blatz, se mostró "muy satisfecho" con el fallo de la Justicia y reconoció que, cuando presentaron la demanda contra Deustche Bank, no pensaban ganar este juicio de "David contra Goliat".
Asimismo, el abogado de la empresa Jochen Weck Roessner añadió que esta sentencia tiene "importantes implicaciones" para el banco alemán que ha vendido este producto cerca de 700 veces a medianas empresas y gobiernos locales. Además, destacó la "valiente lucha" de la compañía contra el banco alemán Ille Papier, que ha desempeñado un papel de liderazgo muy importante que servirá de referencia para otros casos similares.
Según recuerda el diario Financial Times, en la vista celebrada en febrero el abogado de Deutsche Bank Rainer Hall alertó de que una sentencia negativa para el banco podría provocar una nueva crisis financiera. "Esto conmocionaría a todo el mercado, porque exigiría a los bancos revelar sus beneficios en un acuerdo. Esta decisión podría causar incluso una segunda crisis financiera", defendió entonces. Asimismo, insistió en que obligar a los bancos a revelar sus márgenes de beneficios en estos negocios podría "abrir una nueva puerta" que permitiría a una gran cantidad de clientes presentar reclamaciones contra las entidades valoradas en miles de millones de euros.
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Muy buena noticia.. El TRIBUNAL SUPREMO EUROPEO.. ya tenemos otra sentencia más para demostrar  esta mala praxis de las entidades bancarias. y una buena razón para seguir en la lucha contra esta GRAN INJUSTICIA. 
Seguiremos informando, seguiremos trabajando para ti.






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viernes, 27 de abril de 2012


"NUEVA SENTENCIA CONTRA BANCAJA 
"EL BANQUERO QUE VENDIÓ UN SWAP, SIN SABER EN QUE CONSISTÍA"


                                                                                                                                                                                           
Os dejo la noticia.


El banquero que no sabía de ´swaps´
Una sentencia pone de relieve que el director de una oficina vendió el producto sin saber en qué consistía
 


"El comportamiento del director de la sucursal de Riba-roja de la entidad Bancaja no puede considerarse que se ajustara mínimamente a las buenas prácticas bancarias" cuando colocó a un cliente un contrato de permuta financiera, es decir, un swap con el que le aseguraba ante eventuales subidas de tipos de interés pero que también le penalizaba si había bajadas. Lo dice una sentencia del juzgado de primera instancia número cuatro de Valencia, con fecha del pasado 30 de marzo, que, además de fallar a favor del demandante y declarar nulo aquel contrato, pone de relieve cómo actuaban las entidades financieras en los albores de la crisis económica, cuando, conocedores de una inminente bajada de tipos, vendieron innumerables swaps a clientes que no tenían la suficiente formación financiera y a los que, contraviniendo la Ley del Mercado de Valores, no dieron la información necesaria.


Esto es lo que refleja la citada sentencia, donde figura un dato incluso más aterrador: la confesión del director de la sucursal de que no sabía exactamente qué era lo que había vendido a su cliente.

El demandante, Nouse Inversiones, firmó el contrato en abril de 2008, un mes después de suscribir un préstamo hipotecario que "establecía un año de interés fijo", motivo por el cual no existía "riesgo a cubrir" para la mencionada empresa, como afirma la sentencia. Durante el juicio, el director de la oficina, S. V. explicó que "se trataba de un producto que acababa de salir" y que "se repartieron la lista de posibles clientes entre el subdirector y él y fueron llamando". La sentencia añade que el demandante recordó en el juicio que por aquellas fechas un empleado de la oficina bancaria le anunció "que el director tenía una cosa preparada para él". Ese mismo día "le explicó que se trataba de un seguro, firmando en ese mismo acto el mencionado contrato", sin darle la preceptiva información, como queda dicho anteriormente.
Pero es que, más adelante, el contable de Nouse Inversiones V. J. F., como testificó en el juicio, preguntó al dueño de la empresa A. A. por aquel apunte y, al explicarle éste que se trataba de un seguro, "fue a preguntar al banco, ya que no sabía cómo contabilizar dicho apunte" y "ni siquiera el director del banco supo explicarle en qué consistía, llegando a asumir que se había tratado de un error haberle colocado ese producto". Por todo lo mencionado, la sentencia declara nulo el contrato de permuta financiera y acuerda "la devolución de las cantidades abonadas por ambas partes con motivo del contrato".


Y YO ME PREGUNTO:


¿PODEMOS CONSIDERAR A LOS DIRECTIVOS  Y EMPLEADOS DE LA BANCA PROFESIONALES DEL SECTOR? ...


¿ SON SIMPLES AUTÓMATAS ACATANDO ORDENES SIN ENTENDER QUE ES LO QUE ESTÁN COMERCIALIZANDO? ...

¿O SON SIMPLEMENTE MUÑECOS QUE SE LIMITAN A CUMPLIR OBJETIVOS PARA COBRAR SUCULENTAS COMISIONES, SIN ATENDER A LAS NECESIDADES DE SUS CLIENTES DE TODA LA VIDA?






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miércoles, 25 de abril de 2012

"ATRAPADOS POR LAS PREFERENTES"
 Os suenan estas palabras?


“Firmé porque confié en quien me atendió en la oficina, que me dijo que era seguro


La poca cultura financiera y la venta a minoristas de un producto complejo originan un "OTRO"  gran fiasco


Las entidades financieras españolas emitieron y vendieron cerca de 30.000 millones de euros en participaciones preferentes desde 1999. Este producto, un instrumento complejo y de riesgo elevado para los inversores, fue ofrecido a los clientes a través de sucursales de 52 cajas y bancos, en muchos casos hasta principios de 2011. Los compradores ponían su dinero en un producto legal, pero con una condición muy particular: ofrecía buenos intereses a cambio de una contratación “a perpetuidad”. Es decir, un compromiso de inversión para toda la vida. Hasta el año pasado, sin embargo, las entidades ofrecían una salida a quienes querían su dinero de vuelta: permitían vender estos activos en un mercado secundario propio, y recuperar todo su dinero de manera rápida, por lo general, 48 horas. Pero las reglas del juego han cambiado. Ya no es fácil arrepentirse. Y miles de personas se han dado cuenta de que se casaron con un producto que no se ajustaba a sus necesidades.



La escena se repite semana tras semana desde noviembre de 2011. Manifestaciones que van de pequeños grupos a centenares de personas. Todas, con un elemento común: gente enfadada, en su mayoría de avanzada edad, que dicen que alguien de su oficina les convenció para que firmara un producto que no entienden y que ahora no pueden recuperar su dinero. Gritan contra lo que consideran una estafa y algunos se atreven a llamar incluso corralito.
Aunque ha habido concentraciones de Barcelona a Sevilla, Galicia es la comunidad en la que se han producido las protestas más intensas. El mes pasado las manifestaciones llegaron hasta la sede de la televisión de Galicia, donde un grupo de inversores enfadados tomó las instalaciones, en protesta por el escaso seguimiento que la televisión pública ha dedicado al tema. Y la semana pasada asistieron a un pleno del Parlamento gallego y solicitaron a gritos una entrevista con el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, informa José Luis Estévez.
María Pérez se manifestó en Madrid. Invirtió hace tres años 25.000 euros en participaciones preferentes en la CAM. “Me dejé asesorar por el director. Me dijo que lo tenía hasta su madre”, explica. “Ahora no podemos sacar absolutamente nada. Lo único que nos queda es que se nos cruce un inversor y nos compre el producto, pero nadie lo quiere”, lamenta.


Muchos afectados aseguran que se dejaron aconsejar y firmaron el contrato sin dudar. Ahora, cuando en su entidad les han informado de cambios de condiciones, se han dado cuenta de lo que firmaron. ¿Qué ha cambiado? Hasta julio de 2011, cuando un inversor quería deshacerse de las preferentes, acudía a su entidad, y en general, las vendía en el mercado secundario a cambio del mismo valor exacto que el día que las compró, aunque hubieran pasado 18 años. La CNMV, sin embargo, recordó a las entidades a través de un escrito el año pasado que debían ajustar el valor de sus instrumentos híbridos (deuda subordinada y participaciones preferentes) a su valor razonable de mercado actual. Un cambio que hace que quienes quieran vender ahora sus preferentes se tengan que conformar con entre el 30% y el 60% de su inversión original.
Las entidades se defienden. Señalan que el cambio de valor no fue decisión suya, sino del organismo regulador. Además, fuentes de distintas cajas y bancos aseguran que sus comerciales siempre fueron transparentes a la hora de colocar el producto. Aun así, la mayoría de entidades ha trazado un plan B para los clientes que no quieran las preferentes.
El Santander optó por ofrecer a todos los titulares cambiarlas por acciones de la entidad, que podían vender en Bolsa el primer día que las recibieron. La fórmula del Sabadell o de Bankia fue similar, aunque parte de las acciones las recibirán solo si han conservado el resto un mínimo de tiempo. El BBVA las canjeó por bonos convertibles en acciones con dos tandas de vencimiento. A los bancos, cambiar preferentes por acciones les puede resultar beneficioso, ya que, mientras las preferentes son un lastre de cara a las exigencias de solvencia en Europa, los títulos de Bolsa les permiten mejorar su capital de máxima calidad —core capital Tier 1—. Otras entidades, como La Caixa, han optado por fórmulas distintas. Algunas ofrecen productos que, en lugar de ser un compromiso de por vida, acortan el plazo para recuperar lo invertido a uno, dos o hasta diez años.
Pero otras entidades, como Caixanova y Caixa Galicia (ahora unidas en Novagalicia Banco y en manos del FROB) no han ofrecido de momento una salida y los afectados las acusan de haberse aprovechado de la confianza de 43.000 clientes. Manuel Pardós, presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas, cree que se ha producido un “abuso”, ya que las entidades “han estado comercializando productos de riesgo entre los clientes como si fueran inversiones de renta fija”. Han provocado, defiende, que “cerca de 700.000 ahorradores tengan ahora atrapados sus ahorros”.
Montserrat Gil, de 47 años, invirtió 10.000 euros en preferentes en marzo de 2011. “Me llamaron de mi oficina después de recibir una pequeña herencia. Les expliqué que quería un plazo fijo solo a un año y algo muy seguro”. Pero Monserrat aceptó las preferentes. Le pusieron delante los papeles, y los firmó. “No leí el contrato. He pasado mucho tiempo sintiéndome culpable por eso. Pero ya no. Confié en la persona que me asesoraba. Y esa persona me engañó”, dice.
Josep Flores compró el producto hace 18 años para poner a salvo sus ahorros. “Es frustrante. A los que decidimos no firmar una hipoteca para dormir tranquilos, ahora el mundo financiero también nos hace sufrir”, lamenta. ¿Fueron confiados o irresponsables? El departamento de atención al inversor de la CNMV confirma que reciben muchas quejas relacionadas con las preferentes. La mayoría, de inversores que dicen que no fueron informados de los riesgos. Y les recomienda que, si creen que “no daban el perfil”, reclamen.




FUENTE DE LA INFORMACIÓN
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martes, 24 de abril de 2012



    NUEVA ESTRATEGIA BANCARIA CONTRA LOS HIPOTECADOS.

Si os ofrecen cambiar vuestro interés hipotecario.

¡NO FIRMÉIS NADA SIN ANTES CONSULTARNOS!

21/04/2012 | 11:08

En Europa, las tasas de interés de la deuda de los países con problemas se dirigen a los máximos anuales. Este hecho provoca el temor acerca de si Europa será capaz de afrontar y resolver la crisis de deuda. Tengan en cuenta que la liquidez aportada por el Banco Central Europeo se agotará y los bancos españoles e italianos tendrán que dejar de comprar bonos soberanos,
Así pues, El Banco Central Europeo podría verse forzado a reiniciar su programa de compras de bonos antes de lo esperado. Y es que a medida que los inversores elevan el coste de asegurar su exposición en los bancos españoles en el mercado de CDS al nivel más alto desde noviembre del año pasado y los rendimientos de los bonos españoles a 10 años suben nuevamente por encima del 6% por primera vez desde diciembre, el euro se encuentra otra vez bajo presión. Lo preocupante es que hay indicios de que el cortafuegos de financiación, construido tras el reciente rescate de Grecia, no cubrirá las expectativas y el contagio a España no se podrá frenar.
Y es que el fuerte incremento de las tensiones en el mercado secundario en las últimas semanas abre el debate de nuevo acerca de si el Banco Central Europeo ha de volver a intervenir. En principio, con la última subasta de liquidez a tres años (LTRO) del pasado mes de febrero, se daba por cerrado el asunto, pero mucho me temo que se requiere de su actuación nuevamente, sobre todo adquiriendo deuda de España.
En España, la deuda en manos de inversores extranjeros se redujo al 33%, es decir, el menor porcentaje desde que existe el euro en el año 1.999. Esto muestra el poco interés por las emisiones del Tesoro, en contraste con los años de "gloria" donde la mitad de la deuda pública estaba en poder de los inversores extranjeros. Así pues, en estos momentos, son las entidades financieras españolas las que están comprando deuda pública con dinero que procede de los programas especiales de liquidez del Banco Central Europeo.
La cuestión es que las operaciones de refinanciación a tres años del Banco Central Europeo permitieron unas buenas subastas y relajación en las rentabilidades (sobre todo en España e Italia). Pero la desconfianza sigue aumentando, hecho que está provocando que las curvas de rentabilidad se aplanen, originando a su vez mayores temores.
El Euríbor continúa su senda bajista. Ya en el blog comenté a primeros de año que esperaba una tendencia bajista para todo el año 2012. Los titulares de una hipoteca de 120.000 euros a un plazo de 25 años y un tipo de interés de euribor más 1%, verán reducida su cuota en más de 43 euros mensuales, ahorrándose unos 515 euros al año.
A partir del 28 de abril, las entidades financieras pueden ofrecer las hipotecas con un nuevo tipo de referencia, el IRS a 5 años. Es una referencia basada en un swap de tipo de interés a este plazo, cuya finalidad es ofrecer una mayor estabilidad al precio de los préstamos, aunque sí es cierto que hará que las hipotecas sean más caras. El IRS no sustituirá al Euríbor en las hipotecas ya firmadas, pero seguramente los bancos terminen ofreciendo las nuevas hipotecas con el IRS, ya que les conviene.
El pasado 28 de marzo les comenté que el mercado de USA activaría una señal de debilidad bajista si el futuro S&P500 perdía la zona de los 1.389 puntos. Pues bien, perdió este nivel el 5 de abril y se activó dicha señal de debilidad, la cual de momento ha provocado una bajada de 146 ticks hasta los 1.352,50 puntos. Pese a ello, la estructura técnica se mantiene alcista desde el pasado mes de octubre.
Referente a Europa, también el 28 de marzo les indiqué que si el futuro Eurostoxx50 perdía el nivel de los 2413-2415 puntos se activaría una señal de debilidad bajista. En efecto, al día siguiente perdió esta referencia y se activó la señal reseñada, la cual ha provocado de momento una bajada de 210 puntos.
El Ibex35 se ha quedado a punto de alcanzar el fuerte soporte que tiene en la zona de los 6800 puntos, nivel donde se esperaba un freno a los recortes y un rebote al alza, al menos de corto plazo. En cambio, el futuro Ibex35 sí lo alcanzó ayer viernes y de momento rebotó 155 puntos.




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viernes, 20 de abril de 2012


 

"BANKPYME", condenado a devolver 2 millones de €, a clientes de "PREFERENTES"   

MUY BUENA NOTICIA..ENHORABUENA A LOS AFECTADOS Y A SUS ABOGADOS.....y SEGUIMOS.. !!!

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS)   

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona ha condenado a Bankpyme (adquirida por La Caixa) a devolver a sus clientes más de 2 millones de euros por incumplimiento contractual en la colocación de participaciones preferentes de Lehman Brothers y los bancos Islandeses, Kaupthing Bank y Landbanki, según la sentencia dictada el pasado 14 de abril.


   La sentencia estima la demanda presentada por 31 clientes del banco, declara la nulidad de los contratos y obliga a la entidad a devolver a los clientes las cantidades invertidas más sus intereses legales por haber "incumplido sus obligaciones contractuales de diligencia, lealtad e información", que exige el artículo 1.124 del Código Civil.

   La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, considera probado que Bankpime incurrió en "tres serias deficiencias en su tarea de asesoramiento" a sus clientes.

   La entidad financiera "recomendó productos inadecuados al perfil de los inversores, ya que todos ellos eran minoristas de perfil conservador y buscaban la seguridad en sus inversiones", explica la sentencia.

   Además, la juez concluye que Bankpyme "no informó de las características ni de los riesgos de los productos ni antes ni en el momento de su compra" y tampoco comunicó a sus clientes "el progresivo deterioro del riesgo de insolvencia" del emisor Lehman Brothers y de los bancos islandeses, emisores a partir del verano de 2007.

   "Esta mala praxis mostrada por Bankpime ha provocado graves pérdidas a los inversores afectados", concluye la sentencia, que puede constituir un referente en los numerosos litigios que se están planteando en torno a la comercialización de participaciones preferentes, según explicaron los despachos de los afectados, Zunzunegui y Jausas.

   Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, y Jordi Ruiz de Villa, socio de Jausas, se mostraron "especialmente" satisfechos al considerar que "en la sentencia, además, se reconoce por primera vez que la colocación de preferentes ha tenido lugar mediante una venta asesorada, en la que debiera haber primado el buen asesoramiento sobre el interés del banco en colocar el producto".  

    El 15 de septiembre de 2008, Lehman Brothers protagonizó la que hasta ahora se considera como la mayor bancarrota de la historia y que hizo tambalearse los cimientos del sistema financiero global. Un mes después se produjo la quiebra de Landsbanki Islands y Kaupthing Bank, cuya consecuencia fue la paralización del pago de cupones de todas las emisiones y, en definitiva, la pérdida de valor de mercado de dichos activos.

   

Os dejo la fuente:   PARA VER LA FUENTE DE LA INFORMACIÓN CLICA AQUI

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jueves, 19 de abril de 2012


OTRO GRAN LOGRO..!!!!

 EL SANTANDER DEVOLVERÁ  317.107 euros, POR UN SWAP


Si señores, y no es la primera ni la última..poco a poco lo estamos consiguiendo.. Y TU, YA HAS DEMANDADO?

Noticia de : 
Europa Press
Martes, 17 de Abril de 2012 - 23:35 h.




El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Móstoles ha anulado cinco contratos de cobertura de tipos de interés de préstamos "swaps" vendidos por el Banco Santander a dos empresas inmobiliarias y le obliga a devolver 317.107 euros por las liquidaciones cobradas, según la sentencia dictada el pasado 30 de marzo a la que tuvo acceso Europa Press.

La sentencia concluye que la entidad "no proporcionó una información suficiente, detallada y comprensible sobre las características del producto", por lo que las empresas no eran conscientes de "las implicaciones de los productos que contrataban y del verdadero riesgo que asumían".

Además, el juez llega a la conclusión de que "los propios comerciales de la entidad bancaria parecían no conocer bien los productos, por lo que difícilmente podían informar de los mismos". Los "swaps" comercializados "son productos en los que el cliente nunca puede ganar mucho pero sí perder mucho", señala la sentencia.

Fuentes de la entidad consultadas por Europa Press confirmaron que recurrirán la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. Las dos empresas, dedicadas a la construcción y promoción inmobiliaria, suscribieron en 2006 sendos préstamos hipotecarios por valor de 3,3 millones de euros y 1,02 millones de euros cada uno.

El banco recomendó al cliente, propietario de las dos empresas, unos productos de cobertura de tipos de interés y firmó los Contratos Marco de Operaciones Financieras (CMOF) para establecer los "swaps" vinculados a los préstamos sin conocer el "elevado" coste que podrían suponer las liquidaciones, ni que los costes de cancelación anticipada ascendían a 979.110 euros y 292.700 euros, respectivamente.

La sentencia considera que la entidad incurrió en un "conflicto de intereses" al no informar de las previsiones de evolución de los tipos de interés y que con estos contratos "se protegía a costa de los clientes ante la bajada de los tipos de interés y, por otro lado, cobraba unas comisiones ocultas muy elevadas (en total 409.792 euros)".

La contratación de los dos productos supuso unas pérdidas totales de 317.107 euros (71.988 euros y 245.119 euros para cada "swap"), que sumados a los costes de cancelación provocaron unas pérdidas de casi 1,5 millones de euros a las empresas. El juez exime al cliente de pagar la cancelación del producto, tal y como reclamaba.

El presidente de Zunzunegui Abogados, Fernando Zunzunegui, representante de las empresas, explicó que "esta sentencia marca un antes y un después en materia de "swaps" al fijar con claridad la responsabilidad de los bancos que los han colocado en contra del interés del cliente sin informarles de los riesgos".

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martes, 17 de abril de 2012


UN JUZGADO TRAMITA POR LA VÍA PENAL LA DENUNCIA CONTRA  EL BBVA POR UN "SWAP"


22/03/2012 17:08 | lainformacion.com

Una constructora valenciana ha conseguido que un juzgado tramite por la vía penal, y no por la contencioso administrativa, una querella contra el banco que le vendió de manera presuntamente irregular un "swap", un producto financiero considerado de alto riesgo.



Madrid
, 22 mar.- Una constructora valenciana ha conseguido que un juzgado tramite por la vía penal, y no por la contencioso administrativa, una querella contra el banco que le vendió de manera presuntamente irregular un "swap", un producto financiero considerado de alto riesgo.
El Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, según la documentación a la que ha tenido acceso EFE, abrió el procedimiento el pasado mes de diciembre y ya ha comenzado a tomar declaración a tres directivos del BBVA, la entidad querellada.
Los tres directivos están acusados de estafa, coacciones y apropiación indebida en la venta de un "swap" a la constructora Carrasco Pizarro, que denunció las supuestas irregularidades en la contratación y gestión de un "swap".
Hasta ahora, los clientes bancarios que han denunciado irregularidades en la comercialización de sus "swaps" han acudido a la vía contencioso-administrativa y, en muchos casos, han logrado anular los contratos.
Los "swaps" funcionan como un seguro para los créditos ligados al euríbor, en los que se fija un interés de referencia, de manera que cuando este se supera, el banco abona el exceso, y cuando baja, el cliente paga al banco la diferencia, una cláusula que muchos de sus suscriptores han asegurado desconocer.
La querella presentada por la constructora se dirige en concreto contra Juan Carlos Lisart, director del Centro Promotor de Valencia del BBVA cuando se firmó el contrato; Vicente José García-Sahuquillo, director de Banca Empresas, y Pablo Lafarga, director de la Zona Hipotecaria Centro-Este.
En cumplimiento de las diligencias previas ordenadas por la juez María Begoña Solaz en el auto dictado el pasado 5 de diciembre, ya han prestado declaración tanto Lisart como García-Sahuquillo, mientras que Lafarga lo hará el próximo 7 de junio.
Fuente cercanas a BBVA han insistido en que se trata solo de trámites iniciales para determinar si existen indicios suficientes como para abrir juicio oral o si, por el contrario, se decide cerrar el caso.
La querella alega la existencia de un delito de estafa, en primer lugar porque no se informó al cliente sobre las características del producto y, en segundo, porque se le propuso un acuerdo para cancelar el "swap" que después el banco no cumplió.
Este acuerdo consistía en que la constructora abonaba 1,2 millones de euros por la cancelación del "swap" y la liquidación de todos los pagos derivados de él a cambio de que el BBVA promocionara la venta de sus viviendas, algo que finalmente el banco no hizo, según el querellante.
Además, Carrasco Pizarro denuncia coacciones porque los directivos del banco condicionaron la refinanciación de sus créditos a la firma de determinados documentos relacionados con el "swap" que no se habían suscrito en su momento, lo que implicaba aplicar los intereses de mora.
Por último, la querella apunta a un delito de apropiación indebida por parte del banco porque, en primer lugar, se negó a ejecutar una orden de venta de un fondo de inversión del cliente y, en segundo, cobró los intereses del "swap" de su cuenta corriente en lugar de hacerlo de este fondo, como se recogía en el contrato.
Las diligencias previas continuarán en los próximos meses con la declaración de los testigos -empleados de la constructora y del BBVA- y con el análisis de la información disponible, que incluye tanto documentos escritos como la grabación de algunos de los encuentros entre el empresario y los directivos del banco.


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LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA RATIFICA LA NULIDAD DEL CONTRATO DE COBERTURA  DE CAIXA PENEDÉS.


16-04-2012 / 20:50 h EFE
Una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Tarragona ha ratificado la nulidad de un contrato de cobertura del tipo de interés (collar) suscrito entre Caixa Penedès y una empresa por considerar que la entidad no ofreció información suficiente sobre los riesgos de este producto.
Según informa el Colectivo Ronda, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación de Caixa Penedès y ha confirmado la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Amposta (Tarragona) de noviembre del 2011.
Esta empresa recibió el ofrecimiento por parte de Caixa Penedès de suscribir un producto financiero -en este caso, el denominado 'collar'- que supuestamente debía protegerla de posibles subidas de los tipos de interés que afectaran a los préstamos que tenían para financiar su actividad empresarial.
En el contrato ofrecido en junio de 2008 por Caixa Penedès se fijaba un mínimo del 4,55% y un máximo del 5,25%, o sea, si el Euribor subía por encima del máximo, la entidad abonaría al cliente la diferencia por encima de este 5,25%.
Por el contrario, si el Euribor bajaba del mínimo -4,55%-, sería el cliente quien debería compensar a Caixa Penedès la diferencia.
Según la sentencia de la Audiencia de Tarragona, que ratifica la decisión de declarar nulo el contrato, Caixa Penedès se aprovechó de su conocimiento de la evolución prevista del Euribor.
Es decir, que la entidad podía prever que el Euribor bajaría tan espectacularmente como lo ha hecho desde el momento de suscribir el contrato y que, por lo tanto, las liquidaciones del collar siempre serían a su favor, pese a haber ofrecido el producto como un seguro que debía proteger al cliente.
La empresa, pues, no fue debidamente informada de los enormes riesgos que asumía contratando un producto que, finalmente, sólo aseguraba los intereses de la propia entidad, señala la sentencia.
Cerca de 200.000 personas en toda España -30.000 en Cataluña- han sido víctimas de derivados financieros como por ejemplo los 'collars' o 'swaps', productos considerados complejos y de alto riesgo que la normativa estatal y europea desaconseja en el caso de clientes minoristas sin relación profesional con el mundo de las finanzas.
'Swaps' y 'collars' se ofrecieron como seguros contra posibles subidas del tipo de interés, de forma especialmente intensa entre los años 2006 y 2008, coincidiendo con un periodo de continúas subidas del Euribor que encarecían los pagos hipotecarios de millones de familias y empresas.
En estas circunstancias, fueron muchos los que aceptaron el ofrecimiento de sus entidades de suscribir estos supuestos seguros contra las subidas del tipo de interés, pero en muchos casos los clientes no recibieron información esmerada sobre las características del producto en cuestión y no eran conscientes de que un cambio de escenario donde el Euribor empezara a bajar, tal y como la sentencia considera probado que las entidades sabían que pasaría, supondría importantes gastos adicionales que deberán sumar al importe de sus hipotecas, según el Colectivo Ronda.