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jueves, 21 de junio de 2012


BANCA CÍVICA vuelve a ser condenada, 

en BARCELONA .


Os  aportamos información sobre dos nuevas sentencias condenatorias a esta entidad, Juzgado de Primera Instancia número 8 de Barcelona y Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cerdanyola 
ya sabréis que Banca Cívica son las antiguas " CAJA NAVARRA, CAJA CANARIAS, CAJA DE BURGOS Y CAJASOL" 

 Banca Cívica "COLOCA UN SWAP", por pedir un prestamo para construir una piscina municipal.

La sentencia obliga al banco a devolver 314.000 euros a un cliente perjudicado por un contrato de 'swap'

El cliente solicitó una          Hipoteca para construir una piscina   y, más tarde, suscribió con el banco un swap que, teóricamente, le protegía frente a subidas de los tipos de interés. Pero eso “no es cierto”, según la sentencia, ya que el producto entrañaba el riesgo de sufrir –como así sucedió- “importantes pérdidas económicas” de las que el afectado no fue informado como es debido. El banco alegó que, por su cargo, debía conocer “al dedillo”, pero admitió que, cuando se contrató (en 2007) el producto era “novedoso”.
El representante del banco subrayó en el juicio que el cliente tenía conocimientos financieros, por lo que debía ser tratado como un profesional, y no como un particular cualquiera. La sentencia, sin embargo, considera que el hombre no tenía “los conocimientos necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión”.
Los swaps se pusieron de moda durante la bonanza económica. El problema del producto es que, como recoge la sentencia también en este caso, hay una “diferencia notable” entre el riesgo que asume el banco y el que asume el cliente. Es un juego en el que casi siempre gana la entidad bancaria. Numerosos juzgados han fallado ya a favor de los clientes. Unos 200.000 no fueron informados de los riesgos en toda España, según el Colectivo Ronda.
La resolución judicial remarca que no constan “condiciones generales ni particulares del swap”, sino solo el documento de confirmación, que no describe los riesgos ni menciona la posibilidad de pérdidas. En concreto, al cliente no se le explicó que, si el interés quedaba por debajo del 4,47%, debía pagar. El banco ha infringido, recoge la sentencia, el deber de información, especialmente exigible por la naturaleza “especulativa” del producto.
La demanda, que ha llevado el letrado Óscar Serrano, del Colectivo Ronda, pedía la nulidad del contrato, la devolución del dinero y el pago de intereses por “información suficiente” y “falta de asesoramiento”. Según el afectado, el producto sirve “en realidad para proteger al banco frente a las bajadas de tipos de interés e incrementar sus beneficios”. Con “publicidad engañosa”, el responsable de la entidad, según la demanda, “utilizó un contrato de difícil comprensión (…) bajo la apariencia de un seguro”. El cliente añade que, a finales de 2008, “los tipos de interés se desplomarían”, por lo que hubo “mala fe”.
FUENTE: EL PAIS

La otra "derrota" es en CERDANYOLA

La información dada, más la lectura del contrato de la permuta  financiera es “todas luces insuficiente” para dar por hecho que Banca Cívica informase correctamente a sus clientes. La jueza cree que la entidad financiera, la Caja de Ahorros de Navarra en su momento, indujo al error a través de un mecanismo engañoso en el que únicamente se contaron los beneficios del swap.


El  Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cerdanyola    (Barcelona) ha anulado una permuta financiera de la Caja de Ahorros de Navarra, actualmente perteneciente a Banca Cívica, por la falta de información aportada por la entidad financiera a sus clientes. La jueza califica de “insuficiente, sesgada y errónea“, la información dada por Banca Cívica a sus clientes. Según la sentencia, los clientes confiaron en el empleado de la CAN que les vendió el producto, pues ya habían contratado a través de él otros productos en otras entidades financieras.
Para la jueza, la lectura del contrato no clarifica en modo alguno la sesgada información que recibieron con anterioridad los clientes y es a todas luces insuficiente como para considerar que el hecho de la firma del contrato por parte de los particulares deba suponer conocimiento del objeto de contrato y las de posibles consecuencias que acarreé la permuta financiera”.
La sentencia concluye que no se practicó un “normal diligencia en la información a los clientes”, por lo que se indujo al error “a través de un mecanismo engañoso en el que se informó únicamente sobre los efectos beneficiosos de la permuta financiera”.
La jueza tiene en consideración que, a pesar de que los clientes son dos empresarios acostumbrados a contratar productos financieros, “eran de tipo hipotecario o petición de créditos personales”, por lo que no tenían experiencia en este tipo de productos complejos y la categorización del cliente por parte del banco debía haber sido diferente.
FUENTE: ASUAPEDEFIN




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sábado, 28 de abril de 2012

Un juez del tribunal Supremo de Europa, condena a Deutsche Bank por aconsejar invertir en productos de alto riesgo

El tribunal considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses



El Tribunal Federal de Karlsruhe de Alemania ha condenado al mayor banco del país, Deutsche Bank, a pagar 541.074 euros al fabricante de toallas de papel y productos de baño Ille Papier por aconsejarle invertir en productos de alto riesgo, en concreto en un producto de swaps, sin informarle adecuadamente de los riesgos de esta inversión. La sentencia, contra la que no cabe recurso, es la primera que falla en contra del banco, que en este momentos se enfrenta a otra docena de casos similares, en los que gobiernos locales alemanes, empresas de servicios públicos y compañías privadas acusan a la entidad de venderles swaps sin informarles adecuadamente de los riesgos y los costes de la inversión.



El juez Ulrich Wiechers considera que, como consejero de su cliente, el banco debe proteger sus intereses y le condena a pagar, además de la multa, los intereses relativos a las pérdidas de la compra del productoSpread-Ladder-Swaps acordada en 2005. "Pero como vendedor de 'swaps', las pérdidas del cliente son beneficiosas para el banco", añadió.

En un comunicado, el fundador de Ille Papier, William Blatz, se mostró "muy satisfecho" con el fallo de la Justicia y reconoció que, cuando presentaron la demanda contra Deustche Bank, no pensaban ganar este juicio de "David contra Goliat".
Asimismo, el abogado de la empresa Jochen Weck Roessner añadió que esta sentencia tiene "importantes implicaciones" para el banco alemán que ha vendido este producto cerca de 700 veces a medianas empresas y gobiernos locales. Además, destacó la "valiente lucha" de la compañía contra el banco alemán Ille Papier, que ha desempeñado un papel de liderazgo muy importante que servirá de referencia para otros casos similares.
Según recuerda el diario Financial Times, en la vista celebrada en febrero el abogado de Deutsche Bank Rainer Hall alertó de que una sentencia negativa para el banco podría provocar una nueva crisis financiera. "Esto conmocionaría a todo el mercado, porque exigiría a los bancos revelar sus beneficios en un acuerdo. Esta decisión podría causar incluso una segunda crisis financiera", defendió entonces. Asimismo, insistió en que obligar a los bancos a revelar sus márgenes de beneficios en estos negocios podría "abrir una nueva puerta" que permitiría a una gran cantidad de clientes presentar reclamaciones contra las entidades valoradas en miles de millones de euros.
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Muy buena noticia.. El TRIBUNAL SUPREMO EUROPEO.. ya tenemos otra sentencia más para demostrar  esta mala praxis de las entidades bancarias. y una buena razón para seguir en la lucha contra esta GRAN INJUSTICIA. 
Seguiremos informando, seguiremos trabajando para ti.






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viernes, 27 de abril de 2012


"NUEVA SENTENCIA CONTRA BANCAJA 
"EL BANQUERO QUE VENDIÓ UN SWAP, SIN SABER EN QUE CONSISTÍA"


                                                                                                                                                                                           
Os dejo la noticia.


El banquero que no sabía de ´swaps´
Una sentencia pone de relieve que el director de una oficina vendió el producto sin saber en qué consistía
 


"El comportamiento del director de la sucursal de Riba-roja de la entidad Bancaja no puede considerarse que se ajustara mínimamente a las buenas prácticas bancarias" cuando colocó a un cliente un contrato de permuta financiera, es decir, un swap con el que le aseguraba ante eventuales subidas de tipos de interés pero que también le penalizaba si había bajadas. Lo dice una sentencia del juzgado de primera instancia número cuatro de Valencia, con fecha del pasado 30 de marzo, que, además de fallar a favor del demandante y declarar nulo aquel contrato, pone de relieve cómo actuaban las entidades financieras en los albores de la crisis económica, cuando, conocedores de una inminente bajada de tipos, vendieron innumerables swaps a clientes que no tenían la suficiente formación financiera y a los que, contraviniendo la Ley del Mercado de Valores, no dieron la información necesaria.


Esto es lo que refleja la citada sentencia, donde figura un dato incluso más aterrador: la confesión del director de la sucursal de que no sabía exactamente qué era lo que había vendido a su cliente.

El demandante, Nouse Inversiones, firmó el contrato en abril de 2008, un mes después de suscribir un préstamo hipotecario que "establecía un año de interés fijo", motivo por el cual no existía "riesgo a cubrir" para la mencionada empresa, como afirma la sentencia. Durante el juicio, el director de la oficina, S. V. explicó que "se trataba de un producto que acababa de salir" y que "se repartieron la lista de posibles clientes entre el subdirector y él y fueron llamando". La sentencia añade que el demandante recordó en el juicio que por aquellas fechas un empleado de la oficina bancaria le anunció "que el director tenía una cosa preparada para él". Ese mismo día "le explicó que se trataba de un seguro, firmando en ese mismo acto el mencionado contrato", sin darle la preceptiva información, como queda dicho anteriormente.
Pero es que, más adelante, el contable de Nouse Inversiones V. J. F., como testificó en el juicio, preguntó al dueño de la empresa A. A. por aquel apunte y, al explicarle éste que se trataba de un seguro, "fue a preguntar al banco, ya que no sabía cómo contabilizar dicho apunte" y "ni siquiera el director del banco supo explicarle en qué consistía, llegando a asumir que se había tratado de un error haberle colocado ese producto". Por todo lo mencionado, la sentencia declara nulo el contrato de permuta financiera y acuerda "la devolución de las cantidades abonadas por ambas partes con motivo del contrato".


Y YO ME PREGUNTO:


¿PODEMOS CONSIDERAR A LOS DIRECTIVOS  Y EMPLEADOS DE LA BANCA PROFESIONALES DEL SECTOR? ...


¿ SON SIMPLES AUTÓMATAS ACATANDO ORDENES SIN ENTENDER QUE ES LO QUE ESTÁN COMERCIALIZANDO? ...

¿O SON SIMPLEMENTE MUÑECOS QUE SE LIMITAN A CUMPLIR OBJETIVOS PARA COBRAR SUCULENTAS COMISIONES, SIN ATENDER A LAS NECESIDADES DE SUS CLIENTES DE TODA LA VIDA?






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miércoles, 25 de abril de 2012

"ATRAPADOS POR LAS PREFERENTES"
 Os suenan estas palabras?


“Firmé porque confié en quien me atendió en la oficina, que me dijo que era seguro


La poca cultura financiera y la venta a minoristas de un producto complejo originan un "OTRO"  gran fiasco


Las entidades financieras españolas emitieron y vendieron cerca de 30.000 millones de euros en participaciones preferentes desde 1999. Este producto, un instrumento complejo y de riesgo elevado para los inversores, fue ofrecido a los clientes a través de sucursales de 52 cajas y bancos, en muchos casos hasta principios de 2011. Los compradores ponían su dinero en un producto legal, pero con una condición muy particular: ofrecía buenos intereses a cambio de una contratación “a perpetuidad”. Es decir, un compromiso de inversión para toda la vida. Hasta el año pasado, sin embargo, las entidades ofrecían una salida a quienes querían su dinero de vuelta: permitían vender estos activos en un mercado secundario propio, y recuperar todo su dinero de manera rápida, por lo general, 48 horas. Pero las reglas del juego han cambiado. Ya no es fácil arrepentirse. Y miles de personas se han dado cuenta de que se casaron con un producto que no se ajustaba a sus necesidades.



La escena se repite semana tras semana desde noviembre de 2011. Manifestaciones que van de pequeños grupos a centenares de personas. Todas, con un elemento común: gente enfadada, en su mayoría de avanzada edad, que dicen que alguien de su oficina les convenció para que firmara un producto que no entienden y que ahora no pueden recuperar su dinero. Gritan contra lo que consideran una estafa y algunos se atreven a llamar incluso corralito.
Aunque ha habido concentraciones de Barcelona a Sevilla, Galicia es la comunidad en la que se han producido las protestas más intensas. El mes pasado las manifestaciones llegaron hasta la sede de la televisión de Galicia, donde un grupo de inversores enfadados tomó las instalaciones, en protesta por el escaso seguimiento que la televisión pública ha dedicado al tema. Y la semana pasada asistieron a un pleno del Parlamento gallego y solicitaron a gritos una entrevista con el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, informa José Luis Estévez.
María Pérez se manifestó en Madrid. Invirtió hace tres años 25.000 euros en participaciones preferentes en la CAM. “Me dejé asesorar por el director. Me dijo que lo tenía hasta su madre”, explica. “Ahora no podemos sacar absolutamente nada. Lo único que nos queda es que se nos cruce un inversor y nos compre el producto, pero nadie lo quiere”, lamenta.


Muchos afectados aseguran que se dejaron aconsejar y firmaron el contrato sin dudar. Ahora, cuando en su entidad les han informado de cambios de condiciones, se han dado cuenta de lo que firmaron. ¿Qué ha cambiado? Hasta julio de 2011, cuando un inversor quería deshacerse de las preferentes, acudía a su entidad, y en general, las vendía en el mercado secundario a cambio del mismo valor exacto que el día que las compró, aunque hubieran pasado 18 años. La CNMV, sin embargo, recordó a las entidades a través de un escrito el año pasado que debían ajustar el valor de sus instrumentos híbridos (deuda subordinada y participaciones preferentes) a su valor razonable de mercado actual. Un cambio que hace que quienes quieran vender ahora sus preferentes se tengan que conformar con entre el 30% y el 60% de su inversión original.
Las entidades se defienden. Señalan que el cambio de valor no fue decisión suya, sino del organismo regulador. Además, fuentes de distintas cajas y bancos aseguran que sus comerciales siempre fueron transparentes a la hora de colocar el producto. Aun así, la mayoría de entidades ha trazado un plan B para los clientes que no quieran las preferentes.
El Santander optó por ofrecer a todos los titulares cambiarlas por acciones de la entidad, que podían vender en Bolsa el primer día que las recibieron. La fórmula del Sabadell o de Bankia fue similar, aunque parte de las acciones las recibirán solo si han conservado el resto un mínimo de tiempo. El BBVA las canjeó por bonos convertibles en acciones con dos tandas de vencimiento. A los bancos, cambiar preferentes por acciones les puede resultar beneficioso, ya que, mientras las preferentes son un lastre de cara a las exigencias de solvencia en Europa, los títulos de Bolsa les permiten mejorar su capital de máxima calidad —core capital Tier 1—. Otras entidades, como La Caixa, han optado por fórmulas distintas. Algunas ofrecen productos que, en lugar de ser un compromiso de por vida, acortan el plazo para recuperar lo invertido a uno, dos o hasta diez años.
Pero otras entidades, como Caixanova y Caixa Galicia (ahora unidas en Novagalicia Banco y en manos del FROB) no han ofrecido de momento una salida y los afectados las acusan de haberse aprovechado de la confianza de 43.000 clientes. Manuel Pardós, presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas, cree que se ha producido un “abuso”, ya que las entidades “han estado comercializando productos de riesgo entre los clientes como si fueran inversiones de renta fija”. Han provocado, defiende, que “cerca de 700.000 ahorradores tengan ahora atrapados sus ahorros”.
Montserrat Gil, de 47 años, invirtió 10.000 euros en preferentes en marzo de 2011. “Me llamaron de mi oficina después de recibir una pequeña herencia. Les expliqué que quería un plazo fijo solo a un año y algo muy seguro”. Pero Monserrat aceptó las preferentes. Le pusieron delante los papeles, y los firmó. “No leí el contrato. He pasado mucho tiempo sintiéndome culpable por eso. Pero ya no. Confié en la persona que me asesoraba. Y esa persona me engañó”, dice.
Josep Flores compró el producto hace 18 años para poner a salvo sus ahorros. “Es frustrante. A los que decidimos no firmar una hipoteca para dormir tranquilos, ahora el mundo financiero también nos hace sufrir”, lamenta. ¿Fueron confiados o irresponsables? El departamento de atención al inversor de la CNMV confirma que reciben muchas quejas relacionadas con las preferentes. La mayoría, de inversores que dicen que no fueron informados de los riesgos. Y les recomienda que, si creen que “no daban el perfil”, reclamen.




FUENTE DE LA INFORMACIÓN
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